ESCARAPELA NACIONAL ARGENTINA: REFLEXIONES SOBRE EL PRINCIPAL DISTINTIVO PATRIO
El 18 de mayo de cada año, Argentina inicia la Semana de Mayo, tan tradicional en el calendario escolar. Día "oficial" en el que se conmemora la instauración de la Escarapela Nacional. Ella, la Escarapela, por cierto no podía estar ajena a las vicisitudes historiográficas y protocolares de los Símbolos Parios.
Más, hay quienes aseguran que el día correcto es el 19 de mayo ya que así lo expresa la Resolución del Ministerio de Educación del 8 de enero de 1951, Expediente 294282/1950. Pero, como siempre, la costumbre impera y modifica. De tal modo que al festejarse un día 18 tenemos siete días justos hasta el día en que conmemoramos el Primer Gobierno "Patrio". Instancia cronológica propicia para el mundo de las aulas.
Pero mas allá de estas 24 horas de diferencia, Argentina tiene un distintivo patrio mayor (si hay otros como la flor del ceibo, que trataremos en su momento), del cual quisiera -improbable lector- remarcar algunas circunstancias:
1) la Escarapela Nacional no fue creada ni recreada por los recordados "chisperos" French y Beruti, sino por el Primer Triunviro o Triunvirato como comunmente lo conocemos.
2) la Escarapela Nacional fue creada por Decreto de Chiclana, Sarratea y Paso el 18 de febrero de 1812, llamándola Escarapela Nacional de las Provincias Unidas del Río de la Plata.
3) La Escarapela Nacional de 1812 era de dos colores: blanco y celeste, pero nunca se supo con exactitud la distribución de esos colores.
4) Quien solicitó al Ejecutivo una escarapela fue el General don Manuel Belgrano. Lo hizo para que sus soldados no siguieran usando los distintivos españoles. En base a estos colores Belgrano crea posterior e inmediatamente la Bandera Nacional.
5) No es un Símbolo Patrio sino un Distintivo Patrio, el principal, y no lo es dado que no esta comprendido en el Decreto 10302 de 1944, aún en vigencia. Que debe ser un Símbolo Patrio principal, sí! con plena seguridad, será cuando el Congreso Nacional derogue el Decreto de facto del general Farrell y al dictar Ley Nacional supla a la Banda Presidencial por la Escarapela Nacional.
Respecto al Protocolo del Símbolo, podemos decir:
a- que la escarapela se luce en la indumentaria o atuendo principal que lleve una persona, no en sus abrigos o accesorios.
b- se luce en el ojal o solapa izquierda de sacos o chaquetas, cerca del corazón y en obvia violación de la ley de la derecha.
c- como Distintivo Patrio podemos y debemos lucirla los 365 días del año con orgullo de argentino bien nacido (por favor Docentes dejen de decir que no se luce el 20 de junio ni el 17 de agosto).
Sobre la forma, seguramente la más cercana a la que se utilizaba en aquellos tiempos, es decir redonda. A ciencia cierta nada se sabe sobre la distribución de los colores, pudiendo ser celeste, blanca y celeste o bien blanca, celeste y blanca o blanca con un botón celeste o celeste con un botón blanco.
Prof. Rubén Alberto Gavaldá y Castro
Presidente del Instituto CAECBA
www.caecba.com
@ProfesorGavalda
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